En primer lugar, queremos recordar que hasta el 20 de Octubre, es obligatorio efectuar las declaraciones correspondientes al 3º trimestre de 2011 de I. V.A. , Pago Fraccionado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Retenciones ya sea por arrendamiento de inmuebles, de Profesionales o las retenciones de trabajadores, etc.
En segundo lugar, comentar que estamos a la espera de la Orden que desarrolle para el ejercicio 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. En cuanto se publique dicha Orden en el Boletín Oficial del Estado, procederemos a comentarla, ya que es muy importante antes de que termine este ejercicio de 2011, saber si nos conviene este sistema o por el contrario tenemos que renunciar a él y pasarnos a Estimación Directa Simplificada en I.R.P.F. y a General en I.V.A. De todas formas, teniendo en cuenta que el 20 de Noviembre hay elecciones, puede ser, como ha ocurrido otros años por diversas circunstancias, que dicha Orden, se retrase, hasta el primer trimestre de 2012. En cualquier caso, para estar preparados, tendremos que mirar los datos de nuestra Contabilidad, Ventas o facturación, Compras y Gastos para que nuestro Asesor Fiscal nos indique si con los resultados obtenidos, nos interesa un sistema u otro, teniendo en cuenta que si renunciamos al sistema de módulos, obligatoriamente tendremos que estar 3 años en Estimación Directa Simplificada y en Impuesto sobre el Valor Añadido General, por ello siempre aconsejaremos que antes de hacer algún cambio sea un buen Gestor quien os asesore.
Mª Angeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal