En la venta de una unidad productiva en la que figuran todos los bienes de una empresa en concurso de acreedores y entre estos se encuentra algún vehículo, debemos tener en cuanta de que la venta de este tendrá condición de no sujeta según la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de conformidad con lo establecido en su artículo 7.