Empleados de Hogar. Nuevas Bases y Tipos de Cotización.

El pasado día 29 de enero, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por el que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2018, tanto para el Régimen general de la seguridad social, artistas, profesionales taurinos,como para autónomos y empleados de hogar. Todo ello con efectos del día 1 de enero de 2018, siendo cargadas las correspondientes cuotas  del Sistema Especial para Empleados de Hogar en las cuentas designadas el último día del presente mes.

Las bases serán de acuerdo con los siguientes tramos

  1. Hasta 196,15 euros de retribución mensual con la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias,  la base sobre la que se cotizará es de 167,74 euros
  2. Desde 196,16 euros hasta 306,40 euros, por 277,51 euros.
  3. Desde 306,41 euros hasta 416,80 euros, por 387,29 euros.
  4. Desde 416,81 euros hasta 527,10 euros, por 497,08 euros
  5. Desde 527,11 euros hasta 637,40 euros, por 606,86 euros.
  6. Desde 637,41 euros hasta 746,90 euros, por 716,65 euros.
  7. Desde 746,91 euros hasta 858,60 euros, por 858, 60 euros
  8. Desde 858,61 euros en adelante su base de cotización será de 896,94 euros.

También se modifican los tipos de cotización por contingencias comunes  pasando al 27,40%, siendo a cargo del empleador el 22,85%  y el 4,55% a cargo del empleado, mantiendose para contingencias profesionales el 1,10% exclusivamente a cargo del empleado. De igual manera se mantiene la reducción del 20% de la aportación empresarial sobre la cuota de contingencias comunes para todo el año 2018.

Amplíe con nosotros la situación de su empleado de hogar y los costes del mismo, y regularice su situación en base a la actualizada normativa.

 

Jesús Torres Escolano | Departamento Laboral. Graduado Social.