Para la cuantía de las ayudas se tiene como base su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico, es decir los kilómetros que se pueden recorrer con la capacidad de carga de las baterías, que será la declarada por el fabricante en la documentación comercial del vehículo y debidamente anotada en la tarjeta de inspección técnica con las contraseñas correspondientes. Esta se divide en 3 grupos:
Estas cuantías se entienden como máximas pudiendo variar según los precios de adquisición de los vehículos siempre antes de impuestos. Si un mismo beneficiario adquiere más de un vehículo se calculará como adquisición individual y está ayuda se incrementará según el número de vehículos adquiridos pudiendo de está manera superar los topes indicados.
La solicitud de las ayudas a la compra se realizará a través de los agentes de ventas que son aquellas personas físicas o jurídicas que tienen capacidad legal para vender vehículos y que decidan adherirse al plan.
Para la canalización de estas ayudas el Ministerio de Industria Comercio y Turismo ha designado a la Fundación FITSA como Entidad Colaboradora.
José Sánchez | Departamento Gestión y Vehículos