El pasado 28 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internalización.
Esta Ley entre otras medidas ha creado dos nuevas figuras el EMPRESARIO DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y la SOCIEDAD LIMITADA DE FUNDACIÓN SUCESIVA.
El objeto de esta última no es otro que abaratar el coste inicial de constituir una sociedad, su característica fundamental es que se constituye sin capital mínimo y con unas obligaciones específicas que garantizan la adecuada protección de terceros hasta que la sociedad alcance el capital mínimo.
Este tipo de sociedades tienen un régimen especial hasta que alcancen la cifra de capital mínimo, que es de 3.000 euros para las sociedades de responsabilidad limitada y 60.000 euros para las sociedades anónimas.
Ana C. Blasco Aznar | Departamento Fiscal y Contable