El pasado día 12 de septiembre de 2013, se publico en el Boletín Oficial de Aragón, Orden de 11 de septiembre, del Consejero de Economía y Empleo, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y el estímulo del mercado de trabajo.
La mencionada Orden, viene a incentivar la contratación de los siguientes colectivos trabajadores:
Las subvenciones para las menores de 30 años, que sean contratados en formación y aprendizaje, serán de 4.500,00 euro si el contrato es de prácticas con titulación universitaria; 7.500,00 euros y 6.000,00 euros para otros contratos en prácticas, y 6.750,00 euros si son de relevo.
Para otras contrataciones de menores de 30 años, mayores de 45 años y parados de larga duración, la cuantía estará determinada por el grupo de cotización, del 1 al 4, subvención 9.000,00 euros en temporales y 10.000,00 euros en indefinido, 6.750,00 euros ó 7.500,00 euros, para los grupos del 5 al 9, según contrato temporal o indefinido y por último los grupos 10 y 11, la subvención será de 5.400,00 euros si es temporal y 6.000,00 euros si es indefinido.
Las empresas para poder optar a las mencionada subvenciones deberán estar al corriente de las obligaciones con Seguridad Social, Hacienda y Comunidad Autónoma, solicitaran mediante oferta en la correspondiente oficina al trabajador “requisito no necesario para las contrataciones realizada con anterioridad a publicación de la Orden “.
No serán acreedoras de las mimas, las contrataciones celebradas con trabajadores con relación laboral de carácter especial, familiares hasta segundo grado y socios que posean más del 33% del capital. Tampoco cuando se haya extinguido una relación laboral de forma improcedente en los seis meses anteriores, ni por los trabajadores que en los 3 meses anteriores hubieran prestados servicios en la empresa o grupo de empresa.
Las contrataciones al menos serán de un año, obligándose la empresa a mantener el puesto de trabajo subvencionado al menos un año e igualmente durante un año el nivel de empleo alcanzado.
El plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social, el mismo plazo de 15 días se aplicará a las contrataciones formalizadas desde el 1 de julio de 2013 a la publicación de la Orden, para estos colectivos demandantes de empleo.
Recordamos plazo quince días, no dude en contactar con nuestro despacho profesional, y le informaremos detalladamente.
Jesús Torres Escolano | Departamento Laboral. Graduado Social