MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR

El pasado 23 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo.

Este Real Decreto entre otras medidas ha establecido un incentivo para las entidades de nueva creación.

Para aquellas entidades que se constituyan a partir del 1 de enero de 2013 y que realicen actividades económicas tributarán en el Impuesto de Sociedades, el primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva a un tipo impositivo reducido:

  • Por la base imponible hasta 300.000 €: 15%
  • Por la base imponible restante: 20%

Estas entidades tienen que cumplir algunos requisitos:

  •  Que la actividad económica que inicien no haya sido realizada anteriormente por otras personas o entidades vinculadas y haya sido transmitida a la nueva entidad.
  • Que la actividad económica no haya sido ejercida en el año anterior a la constitución, por una persona física que tenga una participación, directa o indirecta, en el capital social de la nueva entidad superior al 50%.
  • Que no forme parte de un grupo de empresas.

 

Ana C. Blasco Aznar | Departamento Fiscal y Contable