Vehículos eléctricos (1/2)

La preservación y mejora del medio ambiente es una preocupación constante para todas las Administraciones públicas, por lo que el Plan Integral de Automoción planteo una serie de líneas estratégicas entre los que se encuentra el proyecto MOVELE para fomentar la adquisición de  los vehículos eléctricos propulsados total o parcialmente por electricidad.  

Dentro de este proyecto se busca la introducción de este tipo de vehículos en el parque móvil y la instalación en diversas ciudades de los puntos de recarga de las baterías de los vehículos  a través de la red eléctrica.

Para promover esta demanda el R.D. 648/2011 de 9 de mayo establece las formas de ayudas que se aplicarán en la adquisición de vehículos eléctricos nuevos, y para las operaciones de financiación bien sean de leasing, renting, o leasing operativo.

La finalidad de dichas ayudas es facilitar y fomentar la adquisición de este tipo de vehículos concediendo subvenciones de forma directa, en aras de la eficiencia energética y  reducción de la contaminación.

Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser las personas físicas, las entidades privadas con personalidad jurídica, las Administraciones públicas, y las sociedades que tengan consideración de carácter público estatal, o autonómico o local, quedando excluidos los beneficiarios en quienes concurran algunas de las circunstancias que se reflejan en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Las ayudas serán concedidas a vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España y se otorgarán por una sola vez sin que quepa duplicidad en el caso de sucesivas transmisiones, y para los clasificados dentro de las categorías recogidas en la Directiva 2007/46CE y que son:

  • Turismos M1
  • Furgonetas N1
  • Autobuses o autocares M2
  • Autobuses o autocares M3
  • Furgones  N2
  • Motocicletas L3e y L5e
  • Cuadriciclos ligeros L6E
  • Cuadriciclos pesados L7e

 

 

José Sánchez | Departamento Gestión y Vehículos