El Régimen Especial para Trabajadores por Cuenta propia, es aquel mediante el cual cotizan a la Seguridad Social los trabajadores autónomos, siendo la base de cotización aquella seleccionada por el trabajador entre las bases mínima y máxima correspondientes.
En función de la base de cotización que decida el trabajador autónomo, se incrementará en distinta medida el nivel de cotización que cubre el derecho a acceder a determinadas prestaciones sociales: jubilación, enfermedad o accidente laboral, baja por maternidad o paternidad y otras.
De cambiar nuestra base de cotización como trabajador autónomo, dependen tanto el importe de la cuota como el tipo de prestaciones al que tendrá acceso en el futuro, siendo interesante sobre todo de cara a tu jubilación.
Cambiar de Base de cotización es posible dos veces al año, los plazos para efectuar dichos cambios en nuestra base de cotización se efectúan de la siguiente manera:
Por esta razón, antes del dia 30 de Abril es importante que realices dicha comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social. Si prefieres que alguien te eche una mano con esta u otras gestiones de este tipo, no dejes de ponerte en contacto con nuestro departamento laboral donde te ofreceremos una respuesta ágil y soluciones inmediatas a todas tus gestiones.
Jesús Torres Escolano | Departamento Laboral. Graduado Social.