OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES EN EL SISTEMA DE ESTIMACION OBJETIVA MODULOS

  • Libro de registro de ventas o ingresos (Facturas emitidas)
  • Libro de registro de compras y gastos (Facturas recibidas)
  • Libro de registro de Bienes de Inversión

 

Independientemente de su anotación en el registro que corresponda, dependiendo sean emitidas o recibidas, se deben de conservar, numeradas por orden de fechas y trimestres todas las facturas durante todo el plazo de prescripción. (Ejemplo: si un bien de inversión, su amortización está prevista en 8 años, pues hay que conservar
dicha factura esos 8 años)

 

Igualmente hay que conservar todos los justificantes de las unidades de los módulos que
hayamos declarado. (Ejemplo: Si el titular o algún asalariado ha estado de baja
por enfermedad, y por tanto se ha prorrateado la unidad, hay que conservar el
parte de baja por Enfermedad o Incapacidad Laboral Transitoria, Recibos de Luz
donde figura el consumo declarado, etc.)

 

Normalmente en este sistema de Estimación Objetiva Módulos, un año sin otro o cada dos (dependiendo a que administración se pertenezca, o del trabajo que tengan en
este departamento) nos solicitarán, bien personándose un Agente Tributario en nuestras instalaciones o mediante carta a nuestro domicilio fiscal, que justifiquemos nuestros datos declarados, teniendo que aportar todos los datos con los cuales hemos realizado nuestras declaraciones.

 

Para efectuar la Diligencia de Toma de Datos, aconsejamos que siempre acuda al
profesional que le realiza las declaraciones
, ya que en caso de facilitar algún
dato erróneo o incompleto no coincidiría lo declarado con los justificantes
aportados y por tanto nos harían complementarias tanto de IVA como de IRPF.

 

 

M. Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal