En el Consejo de Ministro del pasado día 22 de Junio se ha aprobado un proyecto de Ley de lucha contra el fraude fiscal siendo la medida más destacable la limitación de pagos en efectivo en cantidades superiores a 2.500,-€ y 15.000,- € cuando el pagador sea un NO residente
Esta medida no afectará a operaciones entre particulares, pero no se podrán realizar pagos efectivos superiores a las cantidades antes indicadas cuando se contraten servicios de profesionales.
El límite de 15.000,-€ a los NO residentes está motivado con el fin de favorecer la llegada de turistas.
Si se incumple la norma habrá sanción del 25% de la operación para aquel que realiza el pago, (aunque sea particular) y para la empresa que realiza el servicio o vende el bien. Si una de las propias partes realiza un denuncia voluntariamente dentro de los tres meses siguientes a la fecha de pago, la Agencia Tributaria no aplicará sanción alguna a la parte que haya denunciado.
También habrá obligación de informar sobre las cuentas y valores que estén en el extranjero y se declara la imprescriptibilidad, a las rentas no declaradas y serían imputadas al último periodo impositivo de los no prescritos. Las sanción está fijada en 10.000,- €,
A los que pueden sumar otros 5.000,- € por cada dato que se descubra y no haya sido comunicado por el contribuyente. Para declarar estas cuentas y valores extranjeros tienen que aprobar unos modelos específicos y esta medida no entrará en vigor hasta Enero del próximo año.
Recordar que hasta el día 20 de Julio tenemos que efectuar y presentar las declaraciones del segundo trimestre de 2012 correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido, Pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre la Renta de las Personas físicas o Retenciones de Alquileres, Profesionales, Trabajadores, etc.
Mª Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal