Importante para ti Autónomo: Cobertura de cese de actividad y cambio de base de cotización

El pasado día 11 de marzo, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 60, la Orden TIN/490/2011, por la que se establece un plazo especial de opción para la cobertura de las contingencias profesionales y el cese de la actividad para los trabajadores encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

El Ministerio de Trabajo ha considerado oportuna y necesaria la ampliación del plazo concedido inicialmente, que finalizaba el pasado día 6 de febrero, para la cobertura de ambas contingencias hasta el próximo día 30 de junio de 2.011, teniendo efecto las mismas a partir del día primero del mes siguiente a la opción.

Brevemente recordamos cuales son las mejoras introducidas para los autónomos: el percibo de la prestación de incapacidad temporal y las permanentes derivadas de contingencias profesional en idénticas condiciones a las que actualmente disfrutan los trabajadores por cuenta ajena, tanto en la cuantía como en los periodos para el cálculo de las mismas, respecto a la prestación por desempleo antigua aspiración del colectivo, será con una tabla distinta a la del Régimen General.

También existe la posibilidad de solicitar el cambio de base de cotización antes del día 1 de mayo, para que tenga efectos a partir del 1 de julio, por lo tanto no es necesario esperar hasta último día de octubre y que su efectos sean a primeros del año siguiente.

Con estas medidas se pretende que cada día exista una mayor similitud entre el Régimen General y el Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

No lo dude póngase en contacto con nosotros y estudiaremos su caso, le informaremos de los costes que las indicadas coberturas tienen así como el límite si le fuese aplicable en el incremento de la base de cotización.

 

Jesús Torres Escolano. Departamento Laboral Gestoría Rubio. Graduado Social.