El día 20 de octubre de 2015 se publicó en el B.O.E. una orden por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.
Este límite se aplicará a las solicitudes presentadas a partir de la entrada en vigor de la norma, es decir, a partir del día 21 de octubre de 2015.
Por tanto, para aquellas solicitudes presentadas antes de dicha fecha seguirá de aplicación el límite anterior que era de 18.000 euros.
Con este nuevo límite se amplía la posibilidad de obtener aplazamientos o fraccionamientos en situaciones de dificultad de tesorería sin necesidad de aportar garantías lo cual será de gran ayuda aquellas empresas que se encuentran en dicha realidad.
Ana C. Blasco Aznar | Departamento Fiscal y Contable