EL NUEVO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR.

En el Boletín oficial del Estado, del pasado día 8 de noviembre de 2013, se publico  la Resolución de 4 de noviembre de la Subsecretaria del Ministerio de Presidencia, con el anexo del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y del Ministerio del Interior sobre coordinación entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.

El principal objeto de la misma es la detección de constitución de empresas ficticias, simulación de relaciones laborales para la consecución de prestaciones derivadas de la misma, contratación de trabajadores extranjeros que sin autorización de trabajo y residencia, incumplimiento de las normas de Seguridad Social, tráfico de persona y explotación laboral.

En la citada Resolución, se articula la coordinación de operativas; se designan los mandos de las mismas así como la constitución de los grupos operativos mixtos; el procedimiento de actuación detallando el funcionamiento para la solicitud de actuación, la operativa, confidencialidad de las actuaciones, investigaciones previas, intercambio de información entre ambos cuerpos.

Estas nuevas instrucciones que están vigentes desde el día de su publicación, dejan sin efecto y sustituyen la de 15 de febrero de 1994.

Con este nuevo acuerdo de colaboración se da una vuelta más de tuerca a todas aquellas acciones que tienen por finalidad defraudar al sistema de Seguridad Social, Empleo y de los Trabajadores.

 

Jesús Torres Escolano | Departamento Laboral. Graduado Social