Os recordaros que hasta el día 20 de Abril, (por ser Sábado, el plazo se amplía hasta el Lunes día 22) es obligatorio presentar las declaraciones del primer trimestre de 2013, del Impuesto sobre el Valor Añadido, Pago Fraccionado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Retenciones. (Alquileres, Profesionales, Trabajadores, etc.) Estas obligaciones fiscales, son para todos que realicen alguna actividad Empresarial, Profesional, etc.
Si el rendimiento de nuestra actividad, lo venimos determinando en el Impuesto sobre el Valor Añadido, por el método Simplificado y en Renta en Estimación objetiva (módulos), y no presentamos la renuncia en el pasado mes de Diciembre de 2012, recordaros que antes de presentar nuestras declaraciones, debemos asesorarnos muy bien, puesto que todavía estamos en plazo para presentar nuestras declaraciones cambiando el sistema fiscal, y presentar las mismas en IVA Régimen General y en Renta en Estimación Directa Simplificada, ya que debido a la situación actual, nuestro negocio ha podido verse afectado y sernos perjudicial el sistema de módulos.
En éste caso, como ya comentamos en otros artículos, insistir en que antes de la fecha de caducidad de las declaraciones (20 de abril 2013) deberíamos presentar un escrito en el Departamento de Censos de la Agencia Tributaria a la cual pertenezcamos, según nuestro domicilio fiscal, indicando que hemos presentado nuestras declaraciones en el nuevo Régimen elegido, con el fin de que procedan a modificar nuestras obligaciones censales.
Ante cualquier duda que tengamos, por pequeña que sea, siempre aconsejamos, antes de hacer alguna modificación, consultarlo con nuestro Gestor para que sea él como profesional del tema, el que nos asesore debidamente.
Mª Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal