DECLARACION MODELO 184

Hasta el día 30 de Marzo es obligatorio efectuar la declaración  informativa anual,  modelo 184 y que tienen que presentar todas las Entidades en Régimen de Atribución de Rentas, (Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Herencias Yacentes, Comunidades de Propietarios, etc.) cualquiera que sea su método de Estimación.

El contenido de dicha declaración (referida el ejercicio 2011) incluye entre otros datos: Datos identificativos de la Entidad declarante,  tipo de Entidad,  Actividad principal, etc.

Datos identificativos de los socios, herederos, comuneros o partícipes, así como las posibles variaciones en la composición de la Entidad que hayan podido producirse a lo largo del ejercicio, porcentaje de participación de cada uno de los socios, número de días, etc.

El importe total de las rentas obtenidas por la Entidad y de la renta atribuida a cada uno de sus miembros, con especificación por fuentes de renta, es decir distinguiendo entre Rendimientos de Capital Mobiliario (Intereses y Retenciones), Rendimiento de Inmuebles (Ingresos, Retenciones,  Gastos, Amortización) , Ganancias y Pérdidas Patrimoniales (Venta de acciones, fondos, etc.), rendimientos de Actividades Económicas o cualquier otro ingreso que pueda tener la Entidad, El importe de las Retenciones e Ingresos a Cuenta soportados por la Entidad y, las atribuibles a cada uno de los socios, El importe neto de la cifra de negocios de la Entidad.

Hay que tener en cuenta que los datos consignados en ésta declaración, serán los que figurarán en la Declaración de Renta de las Personas Físicas, de cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes, para ello la Entidad deber facilitar el correspondiente certificado a cada uno de ellos.

 

Mª Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal