DECLARACION INFORMATIVA ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

 

Como novedad para el ejercicio  2013, el  Modelo 347  adelanta su presentación al mes de Febrero,  y ésta declaración  corresponde a las operaciones que se hayan realizado  con terceros   durante el ejercicio de 2012, y que en conjunto respecto de otra persona o Entidad, haya superado la cifra de 3.005,06€, IVA incluido. Es obligatoria para todos los que desarrollen alguna actividad empresarial o profesional (Esta declaración en años anteriores,  se presentaba durante el mes de Marzo)

En general hay que declarar las entregas de bienes y prestación de servicios realizadas por el declarante así como sus adquisiciones y servicios incluyendo las operaciones habituales como las ocasionales, incluso operaciones inmobiliarias y estén o no sujetas al impuesto sobre el valor añadido o incluso exentas de dicho Impuesto.

Igualmente hay que hacer constar las subvenciones, ayuda o auxilios concedidas por Entidades integradas en las Administraciones públicas territoriales o en la Administración Institucional. (Se entenderán satisfechas el día de expedición de la correspondiente Orden de Pago)

También hay que declarar los cobros por cuenta de terceros de horarios profesionales u otros derivados de la propiedad intelectual o industrial o los de Autor efectuados por Sociedades, Asociaciones, Colegios Profesionales u otras Entidades.

Además del importe anual, hay que desglosar las cantidades que se declaren  por trimestres.

Aquellos contribuyentes que tributen por el sistema de Estimación objetiva (módulos) y  régimen Simplificado en el Impuesto sobre el valor añadido solo deberán informar de las operaciones de Clientes. (Ventas)

Una vez más queremos resaltar la importancia de acudir a un buen profesional que nos asesore y cumplimente esta declaración.

 

Mª Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal

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