Próximos a realizar el cierre del ejercicio 2013 vamos a resumir algunas modificaciones o novedades a tener en cuenta fiscalmente en el Impuesto de Sociedades.
LIMITACION A LA AMORTIZACION FISCALMENTE DEDUCIBLE EN LOS EJERCICIOS 2013 Y 2014
Para los ejercicios 2013 y 2014, se limita la amortización fiscalmente deducible al 70% de su importe.
Esta limitación afecta a:
No es aplicable a:
La amortización no deducible se deducirá a partir del periodo 2015, pudiendo optar:
TIPO REDUCIDO DE GRAVAMEN POR MANTENIMIENTO O CREACIÓN DE EMPLEO
También han ampliado durante el año 2013, para aquellas empresas que mantengan la plantilla media con respecto a la del año 2008 y siempre que su cifra de negocios sea inferior a 5.000.000 de euros y su plantilla sea superior a la unidad e inferior a 25 trabajadores, los tipos de gravamen reducidos:
DEDUCCION POR GASTOS DE FORMACIÓN
Con efectos para el 2013 se mantiene la deducción para los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
La deducción es del 1% sobre los gastos efectuados
Será del 2% sobre el exceso de la media de los dos años anteriores.
TIPO DE GRAVAMEN REDUCIDO APLICABLE A ENTIDADES DE NUEVA CREACIÓN
DEDUCCIÓN POR INVERSION DE BENEFICIOS PARA EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN
Ambas están comentadas en anteriores artículos.
DEDUCCIÓN POR CREACIÓN DE EMPLEO PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
Es deducible de la cuota íntegra 9.000 euros por cada persona al año de incremento por promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad mayor o igual que 33% y menor que el 65%.
O la cuantía de 12.000 euros si el incremento es del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad igual o superior al 65%.
Novedad: Que no es necesario que se contraten por tiempo indefinido.
Debido a las continuas novedades que deben considerarse en el cierre del ejercicio es importante consultar con el asesor fiscal para poder aplicar correctamente aquellas medidas que afecten a su empresa.
Ana C. Blasco Aznar | Departamento Fiscal y Contable