Apuntes sobre la Reforma Fiscal

Ante esta nueva reforma fiscal para el año 2015, vamos a comentar las claves más importantes con que nos podemos encontrar y sobre todo antes de terminar este ejercicio de 2014 consultar con nuestro Asesor Fiscal, en caso de que vayamos a realizar alguna operación de las que a continuación enumeramos:

  • Ventas de viviendas.- El Gobierno elimina las correcciones monetarias y los coeficientes reductores en el IRPF por las plusvalías generadas por las ventas de viviendas. Esta medida supone un encarecimiento muy importante, sobre todo si fueron adquiridas antes de 1.994. Sería muy importante  estudiar vender antes de finalizar el presente ejercicio. Los mayores de 65 años, no pagarán por las plusvalías generadas en Bolsa, pisos y activos financieros, siempre y cuando el dinero obtenido se destine a una renta vitalicia.
  • Eliminación reducción fiscal.- La reducción fiscal complementaria de 2.652,-€, que con carácter general se aplicaba a los trabajadores que cumplidos los 65 años prolongaban su vida laboral, queda eliminada.
  • Rescate Plan de Pensiones.- El importe rescatado, tributa como renta de trabajo y dado que en 2015 los tipos bajarán, habrá que aplazar el rescate hasta que esté en vigor la reforma fiscal. Las aportaciones también  se podrán rescatar, aparte de por desempleo de larga duración y enfermedad grave,  si han transcurrido 10 años, si bien las condiciones y limites para este supuesto, se tienen que fijar reglamentariamente.
  • Deducciones por alquiler de vivienda habitual.-  Esta deducción desaparece en 2015, pero no afecta a los contratos suscritos antes de1 1 de Enero del próximo año, y no supere el límite por ingresos.
  • Reducción por alquiler de vivienda.- Se unifica la reducción para todos los arrendamientos de viviendas y se mantiene el porcentaje del 60%. Desaparece la reducción del 100% para el alquiler a  personas menores de 30 años.

Dada la complejidad que supone esta nueva reforma fiscal, y dependiendo de las operaciones que vayamos a realizar, antes de efectuarlas,  debe ser nuestro Asesor el que nos indique lo que sea más conveniente para nuestros intereses.

 

Mª Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal