Algunas notas sobre el Régimen Especial del Impuesto sobre el Valor añadido

Desde el día 1 Hasta el día 20 de Julio, es obligatorio efectuar, para todos aquellos que estéis dados de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, tanto como Empresarios, Profesionales o Artistas, las declaraciones de I.VA., Pago Fraccionado a cuenta de I.R.P.F., y Retenciones, bien por arrendamiento de inmuebles (local donde ejercéis la actividad y supere los 901,52 € de alquiler anual) de Profesionales o las Retenciones de los trabajadores, etc.

En cuanto a las declaraciones de I.V.A. e I.R.P.F., dependiendo del sistema fiscal en el que estéis encuadrados, varían muy considerablemente. Hoy comentaremos el Sistema de I.V.A. Simplificado.

Régimen Especial Simplificado Del Impuesto Sobre el Valor Añadido

La Agencia Tributaria dependiendo del Número de Epígrafe en el que te encuentres dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, marca unos módulos, los cuales varían en cada número de epígrafe, Normalmente son: Personal (asalariados y titular dela Actividad), Metros cuadrados del local donde se ejerce la actividad, Consumo de energía eléctrica, Potencia eléctrica contratada, Potencia fiscal (cvf) dela Furgoneta afecta a la actividad empresarial, Carga Vehículo, (Toneladas) Mesas, Longitud Barra Bar, Distancia Recorrida, etc., etc.

Igualmente cada número de epígrafe tiene un porcentaje mínimo anual y trimestralmente un porcentaje a cuenta. Al empezar el ejercicio se tienen en cuenta los datos a 1 Enero y al terminar el ejercicio fiscal, en el 4º trimestre, se regulariza el módulo con los datos reales del año, prorrateando en cada caso los unidades de módulos que así lo requieran, por ejemplo, si el titular o algún empleado han estado de Baja por Enfermedad, o se ha tenido algún vehículo afecto a la actividad, pero no ha estado año completo, etc.

Este sistema fiscal de módulos requiere de un asesoramiento complejo, por lo que es aconsejable acudir a un profesional, el cual efectuará un estudio para demostrar si dicho sistema es rentable para su negocio o por el contrario no interesa, ya que no se tiene en cuenta la facturación que se vaya a efectuar. Por ello, si tu facturación va a ser muy elevada, saldrás beneficiado, mientras que por el contrario si desconoces como puede ir tu negocio o tu facturación al principio no va a ser elevada, este sistema puede perjudicarte y no debes escoger el sistema de módulos.

 

 

M. Ángeles Beltrán Catalán | Departamento Fiscal