sobre los permisos retribuidos para los trabajadores que participen como electores y a los que formen parte de las mesas electorales, con motivo de las elecciones que se celebrarán el domingo 20 de diciembre.
El permiso retribuido para los trabajadores que participen como electores, será el siguiente en función del tiempo que coincida la apertura de las mesas con su horario de trabajo:
- Si este coincide en dos o más horas y menos de cuatro: disfrutaran de 2 horas de permiso.
- Si coincide entre cuatro y menos de seis: dispondrán de 3 horas de permiso retribuido.
- A quien les coincida en seis o más horas; su permiso retribuido ascenderá a 4 horas.
No tendrán derecho al permiso retribuido los trabajadores a los que no les coincida su jornada o esta sea en menos de dos horas. En cuanto a los trabajadores contratados a tiempo parcial se reducirán los indicados permisos en el mismo porcentaje que marque su relación laboral.
Para aquellos trabajadores que compongan las mesas electorales, (presidentes, vocales e interventores) tendrán permiso retribuido durante toda la jornada correspondiente a la votación, salvo que ese día fuese el de su descanso semanal y en todo caso 5 horas de la jornada inmediatamente posterior a los comicios.