- Volumen de ingresos: que no supere en 2018 los 250.000 euros de facturación para el conjunto de actividades económicas.
- Facturación a empresas y profesionales: límite de 125.000 euros/anuales cuando los destinatario sean otros empresarios y profesionales que actúen como tal.
- Volumen de compras en bienes y servicios: que no supere los 250.000 euros/anuales para el conjunto de todas las actividades económicas desarrolladas. Dentro de este límite se tendrán en cuenta las obras y servicios subcontratados y se excluirán las adquisiciones de inmovilizado.
De no haberse aprobado la prórroga, los límites para poder tributar por Módulos se habrían reducido hasta los 150.000 euros en lo que respecta al volumen de ingresos y compras y a 75.000 euros en lo relativo a la facturación a empresas y profesionales tomando como referencia el ejercicio del año inmediatamente anterior.
Se trata de una medida que no tiene carácter definitivo, por lo que habrá que estar pendiente de su mantenimiento en futuros ejercicios.
Además de la mencionada medida fiscal, el Consejo de Ministros trajo consigo importantes reformas laborales que en este mismo espacio web ampliamos y destacamos con 8 medidas.Como siempre estaremos a su disposición para resolver cualquier duda o ampliar la información que precise.
Silvia Romero Urbano | Departamento Fiscal