En el supuesto de jubilarse a los 65 años, la pensión inicial con las bases mínimas de cotización sería de 767,00 euros. Más adelante con un año más, a los 66 años, la pensión inicial se incrementaría llegando a los 797,00 euros y con 67 años cumplidos y las disposiciones actuales la base mínima estaría en torno de los 828,00 euros.
También en el momento del cumplimiento de los 65 años, podrá optar por la jubilación activa que le permite realizar las tareas profesionales que venía ejerciendo y percibir el 100% si tiene empleados a su cargo, ó el 50% de la pensión si no los tiene, teniendo siempre que cotizar al sistema por el 11,40% de la base de cotización y manteniendo la cobertura de incapacidad temporal.
Estas son las dos figuras más habituales que nos podemos encontrar llegado el momento que como autónomos nos veamos sin apenas margen para mejorar nuestra pensión, por eso, sugerimos unos años antes de cumplir la edad legal de jubilación, contactar con un profesional para que pueda estudiar nuestro caso y preveer el futuro de la manera más beneficiosa posible.
Jesús Torres Escolano | Departamento Laboral. Graduado Social.